Reforma tributaria en Venezuela 2026: qué anunció el SENIAT y qué hacer desde ya

El superintendente del SENIAT, Román Maniglia, anunció que se prepara una reforma del Código Orgánico Tributario (COT), del Impuesto sobre la Renta (ISLR) y de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA). Lo dijo en la Asamblea Anual de Fedecámaras, en Caracas, y dejó un mensaje claro para empresarios y emprendedores: hay que usar este tiempo para ponerse al día.

En este artículo te explicamos qué se dijo, qué sabemos y qué no, y qué puedes hacer hoy para llegar a la reforma sin pendientes.

Según la transcripción de su intervención, estos son los puntos principales:

  • Hay una reforma en preparación. Abarca el COT, el ISLR, el IVA «y muchas otras más». Se trabaja en mesas coordinadas y el SENIAT dice estar escuchando propuestas de empresas pequeñas, medianas y grandes.
  • El enfoque declarado es aliviar y simplificar. Maniglia dijo que no se busca una reforma punitiva y que el SENIAT no quiere ser visto como «los malos».
  • Más transparencia y más cruce de datos. Habló de cuentas claras, «libro abierto» y de que la tecnología permite buscar discrepancias y llegar a acuerdos.
  • Orden entre finanzas personales y de la empresa. Criticó que se mezclen transferencias a cuentas personales y jurídicas sin criterio.
  • Un llamado a la transición. Pidió a los empresarios aprovechar este mes para ponerse al día, buscar contador o asesor y entender cómo se declara, para que las nuevas normas no los tomen por sorpresa.
  • Armonización con los municipios. Mencionó que se revisan los impuestos municipales que se cobran en las regiones.

Nada todavía. Mientras la reforma no se publique en Gaceta Oficial, siguen vigentes el COT de 2020 y las leyes de ISLR e IVA actuales. Esto significa que:

  • Los lapsos, las multas y los deberes formales son los de hoy.
  • Un anuncio no sirve como excusa ni como defensa ante una fiscalización.
  • No hay texto, borrador ni fecha oficial, así que cualquier cifra sobre «cómo quedará» es pura especulación.

Lo que pidió el superintendente coincide con deberes que el COT ya establece. Tres ejemplos que vemos todo el tiempo en negocios que ya operan:

  1. Libros al día. Llevar la contabilidad y los libros es un deber formal. Con más de un mes de atraso hay sanción de clausura y multa, y la clausura se mantiene hasta que regularices (COT, art. 102). Además, si no llevas contabilidad, el plazo de prescripción del SENIAT para revisarte sube de 6 a 10 años (art. 56).
  2. Facturas y comprobantes en regla. Emitir factura con los requisitos y exigir el RIF del proveedor es lo que sostiene tus gastos ante el ISLR y tu crédito fiscal ante el IVA (COT, art. 101; Ley de ISLR, art. 89; Ley de IVA, art. 33).
  3. Declarar en tiempo. Las compañías declaran el ISLR siempre, aunque tengan pérdida (Ley de ISLR, art. 77). Y si ya empezaste a facturar y presentaste tu primera declaración de IVA, debes seguir declarando cada período aunque no haya operaciones.
  1. Revisa que tu RIF y tus datos estén actualizados y comunica los cambios a tiempo.
  2. Pon la contabilidad al día y ciérrala mes a mes.
  3. Ordena tus facturas y soportes, con RIF del emisor y soporte de pago.
  4. Separa las finanzas personales de las de la empresa. Evita transferencias sin justificar entre cuentas.
  5. Arma un calendario tributario con todas tus declaraciones.
  6. Busca un contador público colegiado que revise en qué punto estás y qué te falta.

¿Ya se aprobó la reforma tributaria en Venezuela? No. El SENIAT anunció que trabaja en ella con mesas técnicas, pero no se ha publicado un texto.

¿Qué leyes se van a reformar? El superintendente mencionó el Código Orgánico Tributario, el ISLR y el IVA, entre otras. No se conocen los artículos que cambiarían.

¿Debo esperar a la reforma para regularizar mi empresa? No. Las normas vigentes se aplican hoy, y regularizarte antes te deja sin pendientes cuando lleguen las nuevas reglas.

¿Subirán o bajarán los impuestos? Todavía no se sabe. Lo anunciado habla de aliviar y simplificar procesos, pero no hay cifras.

¿Qué pasa si mi empresa mezcla cuentas personales y de la empresa? Es un punto que el superintendente señaló. Lo recomendable es separar y justificar cada movimiento con sus soportes.

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Información general basada en declaraciones públicas y en las normas vigentes a la fecha de publicación. No sustituye una asesoría sobre tu caso.

CLG Consulting C.A. — RIF J-50176691-6

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